2ª Convocatoria de Ayudas a Proyectos Industriales en el Sector Agroalimentario dentro del PERTE AGROALIMENTARIO (PRTR) 2024
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Presupuesto

100.000.000 €
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Plazo de presentación

21/10/2024 a las 14:00 horas.

Financia

Ministerio de Industria y Turismo
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Objeto

Realizar la convocatoria, correspondiente al año 2024, de concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de ayudas a proyectos industriales en el sector agroalimentario dentro del PERTE Agroalimentario en el marco del Plan de Recuperación
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Beneficiarios

• Sociedades mercantiles privadas • Sociedades cooperativas • Sociedades agrarias de transformación (SAT) con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en España, y debidamente inscritas en el registro correspondiente, con independencia de su forma jurídica y su tamaño, que desarrollen una actividad industrial al menos durante los 3 años anteriores (hasta fin de plazo solicitud).
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Financiación

El presupuesto financiable mínimo para cada proyecto será:

  • Para la línea de Investigación, Desarrollo e Innovación:

a) De 500.000 euros para las pequeñas y medianas empresas.

b) De 800.000 euros para las grandes empresas.

  • Para la línea de Sostenibilidad y Eficiencia Energética y la línea de inversión PYME:

c) De 200.000 euros para las pequeñas y medianas empresas.

d) De 400.000 euros para las grandes empresas.

Las intensidades máximas por proyecto y entidad serán las siguientes:

En cualquier caso, la subvención obtenida por la empresa para el total de sus proyectos:
a) Será como máximo de 4.000.000 €.
b) No podrá superar el importe neto de la cifra de negocios de las cuentas de la entidad del año 2022. En el caso de empresas que no tengan cuentas para ese año, la subvención será como máximo sus fondos propios

Plazo ejecución

Desde el día siguiente a la presentación de la solicitud y hasta el 30 de junio de 2026.

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Gastos Subvencionables

Para proyectos de la línea de I+D+i:

  1. Costes de personal.
  2. Costes de instrumental y material inventariable (amortización). Máximo 50% del total del ppto.
  3. Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes
  4. Gastos generales: 15% sobre los costes de personal válidamente justificados sin necesidad de aportar justificantes.

 Para proyectos de la línea de innovación en Sostenibilidad y Eficiencia Energética:

  1. Adquisición de aparatos y equipos de producción.
  2. Edificación e instalaciones: máximo 50% del total del ppto.
  3. Activos inmateriales
  4. Colaboraciones externas

Los costes subvencionables serán los costes adicionales de inversión determinados comparando los costes de la inversión con los de una hipótesis de contraste sin ayuda.

 Para proyectos de la línea de Inversión PYME:

  1. Adquisición de aparatos y equipos de producción.
  2. Edificación e instalaciones: máximo 50% del total del ppto.
  3. Activos inmateriales

Se podrá subcontratar hasta el 50% del presupuesto.

 

productos locales
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Requisitos

Serán elegibles las siguientes actividades:
1. Actividades de elaboración, producción o trasformación de alimentos, así como la fabricación de bebidas y la industria del tabaco encuadradas dentro de la Sección C-Divisiones 10, 11 y 12 (CNAE 2009).
2. Actividades asimilables a las anteriores, así como las desarrolladas en el ámbito de la industria agroalimentaria consistentes, entre otras, en el calibrado, clasificación, manipulación, transformación, conservación y envasado de productos alimentarios que, pese a implicar una actividad industrial, no estén incluidas en las CNAE 2009 definidos anteriormente.
No podrán ser elegibles las actividades desarrolladas por operadores logísticos, las realizadas por el sector de la distribución, así como las correspondientes al sector primario o del canal HORECA.

Las entidades que desarrollen actividades industriales relativas al sector de la pesca y la acuicultura solo podrán encuadrar proyectos en la línea de I+D+i.

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