Programa de Ayudas Inteligencia Artificial Aplicada 2023
Financiación
- El porcentaje de subvención sobre los «presupuestos de gastos e inversiones máximos aceptados» para el proyecto por cada uno de los conceptos subvencionables será del 50% (o 55% si cumple ciertos requisitos).
- Subvención máxima de 100.000 euros/entidad para uno o varios proyectos. El concepto de consultoría y/o ingeniería no podrá superar los 30.000 euros por proyecto. Esto es, el «presupuesto máximo aceptado» para el concepto de Gastos de Consultoría y/o Ingeniería no podrá ser superior a los 60.000 euros.
Plazo ejecución
- A partir de la presentación de la Solicitud de Ayuda en SPRI.
- Se admitirán gastos devengados o facturados antes de la presentación de la Solicitud de Ayuda de proyectos iniciados a partir del 1 de enero de 2023, siempre que estas Solicitudes sean presentadas dentro de los dos meses contados a partir de la fecha de la publicación de esta normativa en el Boletín Oficial del País Vasco.
- Plazo de ejecución: máximo 12 meses desde su inicio.
Gastos Subvencionables
- Gastos y/o Inversiones de consultoría, ingeniería, hardware y software estrictamente relacionados con la tecnología de Inteligencia Artificial realizados por empresas expertas externas.
Los gastos recurrentes en Software y Hardware, se aceptarán durante un plazo máximo de 12 meses, siempre que cumplan las condiciones descritas en este apartados y que estén incluidos en la tipología de proyectos elegibles. - No tendrá la consideración de gasto elegible:
- El Impuesto sobre el Valor Añadido repercutido en factura.
- Trabajos realizados por el propio solicitante, los gastos de desplazamiento del consultor, la elaboración de materiales didácticos y el alquiler de salas, dietas y similares. Estos gastos deberán figurar de forma separada en el concepto de las facturas.
Requisitos
Requisitos de los beneficiarios:
- Dispongan de un centro de actividad en la Comunidad Autónoma del País Vasco, centro en el que el proyecto presentado deberá tener impacto y en el que se realizará la actividad subvencionable.
- Figuren de alta el correspondiente epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas del País Vasco.
Las empresas externas expertas deben cumplir las siguientes condiciones:
- No tener la consideración de Sociedades Públicas, Entidades de Derecho Público, Asociaciones o Colegios Profesionales.
- No tener participación, directa o indirecta, con la solicitante de la ayuda en un porcentaje igual o superior al 25 % ni capacidad de decisión en sus órganos de gobierno.