Actuaciones Consorcios Regionales (INNTERCONECTA-STEP) FEDER 2025

Financiación
- En forma de subvención
- Intensidad máxima: Pequeña empresa: hasta el 80%; mediana empresa: hasta el 75%; gran empresa: hasta el 65%.
- En cualquier caso, la subvención por beneficiario no será menor del 40%.
Plazo ejecución
Inicio: deberán tener efecto incentivador.
Duración: deberán ser plurianuales, de modo que parte de estos deberá realizarse en el año 2025, en todo caso.
Fin: deberán finalizar el 31/12/2027 o el 30/06/2028
Gastos Subvencionables
- Costes de personal
- Costes de instrumental y material inventariable (amortizaciones)
- Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes; así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto (apoyo en las labores de coordinación del representante de la agrupación).
- Los gastos generales y otros gastos de explotación como material, suministros y productos similares.
- El gasto derivado del informe realizado por un auditor
- El gasto del dictamen de validación del cumplimiento del DNSH de la propuesta.
- Los gastos de viajes vinculados a las reuniones de coordinación entre los miembros de la agrupación.
- Gastos indirectos (15 % de los costes de personal).
Subcontratación
Podrá alcanzar hasta el porcentaje máximo del 50% del presupuesto elegible de cada beneficiario, salvo para los ensayos preclínicos de carácter regulatorio y los ensayos clínicos de los proyectos de I+D del ámbito de salud, en cuyo caso, podrá alcanzar hasta el 70%.

Requisitos
AGRUPACIONES:
- Estar constituidas por empresas, válidamente constituidas, con personalidad jurídica propia, su domicilio fiscal en España y desarrollen la actividad objeto de la ayuda en España.
- Estar constituidas por 2-6 empresas; al menos 2 de ellas deberán ser autónomas entre sí.
- Deberá participar, al menos, 1 PYME. Una de las empresas participantes asumirá la condición de representante de la agrupación.
- Los participantes responderán de las eventuales obligaciones de reintegro en relación con las actividades que se hayan comprometido a realizar. En caso de incumplimiento de dicha obligación todos los integrantes de la agrupación responderán solidariamente, hasta el límite de la ayuda que les hubiera sido concedida por su participación en el proyecto.
- Los miembros de la agrupación deberán suscribir, con carácter previo a la formulación de la solicitud, un acuerdo interno que regule su funcionamiento.
PROYECTOS:
- Lugar de desarrollo: las actividades objeto de esta ayuda deberán desarrollarse en, al menos, dos de las siguientes Comunidades o Ciudades Autónomas: Andalucía, Canarias, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Ceuta, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia, Melilla y la Región de Murcia.
- Presupuesto: 1M€-4M€. El mínimo por empresa: 175.000 €.
- Distribución presupuestaria por años: distribución equilibrada del presupuesto a lo largo de la duración del proyecto.
- Subcontratación de actividades: Se exige que, al menos, el 10% se subcontrate a Organismos de Investigación.
- Temáticas: Deberán encuadrarse en, al menos, uno de los ámbitos tecnológicos STEP.