Financiación
L1: Ayudas al desarrollo de proyectos piloto: El porcentaje de la ayuda será entre 55-70% de los costes subvencionables.
L2: Ayudas al desarrollo de proyectos demostrativos: El porcentaje máximo de la ayuda será entre el 35-50% de los costes subvencionable para pequeñas y medianas empresas, y del 15% para grandes empresas
Plazo ejecución
L1-Proyectos Piloto: Serán admitidos todos los costes devengados o facturados a partir del 1 de enero de 2024.
L2-Proyectos Demostrativos: Serán admitidos todos los costes devengados o facturados a partir de la fecha de solicitud de la ayuda, teniendo en cuenta el efecto incentivador
El plazo de ejecución de los proyectos anuales será el 31/12/2024. El plazo de ejecución de los proyectos plurianuales será el 15/10/2025.
Gastos Subvencionables
Para Proyectos Piloto:
- Costes de personal: los costes relacionados con los investigadores, técnicos y demás personal auxiliar, en la medida en que las personas estén dedicadas al proyecto, con un límite del 60% de los gastos elegibles.
- Costes indirectos: tipo fijo del 15% de los costes de personal subvencionables.
- Costes de instrumental y material (adquisición o alquiler de bienes de equipo), aplicando la amortización durante la duración del proyecto, con un límite del 80% de los gastos elegibles.
- Costes de edificios, excluidos los terrenos, aplicando la amortización durante la duración del proyecto y con un límite del 60% de los gastos elegibles.
- Costes inherentes y necesarios para la realización del proyecto piloto: costes de estudios, materiales, suministros y viajes directamente derivados de la ejecución del proyecto. Se excluyen los gastos en caracterización de materias primas, los estudios de viabilidad, los de análisis de ciclo de vida, los de cálculo de huella de carbono y similares, el cálculo de costes de escalabilidad y los mismos, los estudios de mercado y los gastos en comunicación, difusión y marketing de los productos.
- Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas, siempre y cuando la operación se haya realizado en condiciones de plena competencia, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto.
- Costes de actividades de comunicación y divulgación: serán como máximo del 5% del presupuesto total.
- Se admitirán gastos en concepto de preparación del proyecto hasta un límite de un 5% de la totalidad del coste del proyecto.
Para Proyectos Demostrativos:
- Costes de personal
- Costes de instrumental, material, edificios y terrenos en la medida y durante el periodo en que se utilicen para el proyecto.
- Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas, siempre y cuando la operación se haya realizado en condiciones de plena competencia
- Gastos generales y otros gastos de explotación adicionales, incluidos los costes de material, suministros y productos similares, que se deriven directamente del proyecto
Requisitos
Requisitos de las propuestas:
Del proyecto piloto:
- Que las actividades subvencionables se realicen en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
- En el supuesto que en el proyecto piloto haya inversiones, que estas cumplan las normas en materia de medio ambiente e higiénico sanitaria de conformidad con la normativa específica aplicable en el País Vasco (Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental y la Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de Medio Ambiente del País Vasco).
- Tener viabilidad económica, y que el proyecto desarrolle acciones que supongan una mejora de eficiencia energética y medioambiental.
Del proyecto demostrativo:
- Que las actividades subvencionables se realicen en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
- En el supuesto que en el proyecto demostrativo haya inversiones, que estas cumplan las normas en materia de medio ambiente e higiénico sanitaria de conformidad con la normativa específica aplicable en el País Vasco (Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental y la Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de Medio Ambiente del País Vasco).
- Haber realizado previamente un proyecto piloto cuyo resultado haya permitido demostrar la viabilidad técnica de la solución propuesta en condiciones experimentales o simuladas.
- Tener desarrollado un Plan de Negocio de la actividad que incluya análisis de mercado, descripción del modelo de negocio, plan financiero y la estrategia de desarrollo del mismo a corto y medio plazo.
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