Programa Innobideak - Innokonexio: Proyectos de innovación en productos y procesos y de gestión empresarial avanzada 2023
Financiación
- Subvenciones, con un porcentaje del 50% sobre los gastos elegibles con un límite por empresa de 250.000 € para aquellos proyectos que supongan una innovación para la compañía y/o el mercado.
- Los proyectos tendrán un límite de subvención de 250.000 €/proyecto individual, y un máximo de 500.000 € para el conjunto de las empresas incluidas en un proyecto de colaboración.
- Los proyectos con singularidad extrema (donde las innovaciones sean significativas y supongan un alto impacto en la organización), podrán superar el mencionado límite de 250.000 €. En ese caso, la ayuda será del 50% sobre los gastos elegibles con un límite de subvención de 350.000 €/proyecto individual, y un máximo de 700.000 € para el conjunto de las empresas incluidas en un proyecto en colaboración.
En cualquier caso, ninguna empresa podrá obtener una ayuda superior a 350.000 €.
Plazo ejecución
Inicio: con posterioridad a la presentación de ayuda, dentro del año natural de la convocatoria.
Plazo máximo: 12 meses y, en cualquier caso, antes del 11 de octubre de 2024
Gastos Subvencionables
- Gastos de asesoramiento para la obtención, validación y defensa de patentes y otros activos inmateriales.
- Gastos de servicios de asesoramiento y apoyo en materia de innovación proporcionados por:
- Empresas expertas externas a la empresa solicitante, en el ámbito del proyecto presentado y efectivamente involucradas en la ejecución del mismo.
- Agentes Intermedios, para las tareas de configuración, dinamización y coordinación de proyectos en cooperación.
- Empresas expertas externas y Agentes de la RVCT para impulsar la participación en propuestas de proyectos en el marco de las convocatorias sobre Investigación e Innovación promovidas por la Comisión Europea.
Subcontratación: hasta el 100 % del importe de la actividad subvencionada.
Las empresas externas expertas a contratar deberán cumplir las siguientes condiciones:
- No tener la consideración de entidades con personalidad jurídica propia, dependientes o vinculadas a las Administraciones Públicas.
- No tener participación, directa o indirecta, con la entidad solicitante de la ayuda en un porcentaje igual o superior al 25 % ni capacidad de decisión en sus órganos de gobierno.
- No ser Agentes de la RVCTI ni entidades de investigación, desarrollo e innovación que realicen actividades de investigación especializada y/o excelente.
- No tener la consideración de Agente Intermedio.
Los Organismos de investigación y difusión de conocimientos a contratar serán: únicamente para los proyectos de internacionalización de la I+D+i.
Requisitos