Financiación
- L1: Ayudas al desarrollo de proyectos piloto: 55-70% de los costes subvencionables.
- L2: Ayudas al desarrollo de proyectos demostrativos: 35-50 % de los costes subvencionable para pymes, y del 15 % para grandes empresas.
Plazo ejecución
- Se admitirán gastos devengados o facturados antes de la presentación de la solicitud de ayuda a partir del 1 de enero de 2023.
- Los proyectos podrán tener una ejecución de carácter anual o plurianual. El inicio de las acciones subvencionables coincidirá con el presente ejercicio presupuestario 2023.
- El plazo de ejecución de los proyectos anuales será el 31/12/2023 o en caso de prórroga, como máximo el 31/12/2024.
- El plazo de ejecución de los proyectos plurianuales será el 31/12/2024 o en caso de prórroga, como máximo el 31/12/2025
Gastos Subvencionables
- Costes de personal: los costes relacionados con los investigadores, técnicos y demás personal auxiliar, en la medida en que las personas estén dedicadas al proyecto, con un límite del 60 % de los gastos elegibles.
- Costes indirectos: tipo fijo del 15 % de los costes de personal subvencionables.
- Costes de instrumental y material, aplicando la amortización según duración del proyecto, con un límite del 30 % de los gastos elegibles.
- Costes de edificios, excluidos los terrenos, aplicando amortización según duración del proyecto y con un límite del 30 % de los gastos elegibles.
- Costes inherentes y necesarios para la realización del proyecto piloto o proyecto demostrativo: costes de estudios, materiales, suministros y viajes directamente derivados de la ejecución del proyecto.
- Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas, siempre y cuando la operación se haya realizado en condiciones de plena competencia, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto.
- Costes de actividades de comunicación y divulgación: serán como máximo del 5 % del presupuesto total.
- Se admitirán gastos en concepto de preparación del proyecto hasta un límite de un 5 % de la totalidad del coste del proyecto.
Subcontrataciones:
Los gastos de subcontratación a cada agente de la RVCTI no excederán del 30 % del total de los costes subvencionables del proyecto.
La persona beneficiaria podrá subcontratar la ejecución total o parcial de la actividad subvencionada a terceros que no tengan la condición de persona beneficiaria. La contratación de la ejecución del proyecto podrá alcanzar hasta el 60% de la actividad subvencionada. El nombre concreto de la persona física o jurídica subcontratada se podrá especificar a la hora de justificar los gastos del proyecto, por lo que no será necesario hacerlo en el momento de la entrega de la Solicitud. Lo mismo aplica a la presentación de como mínimo 3 ofertas.
Requisitos